Por Juan Sandoval Íñiguez - EL SEMANARIO
La jornada nacional “Planta un árbol y sé parte de la historia”, así como la sentencia de amparo del Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito (de orden federal) a favor del comisionado ejidal de Santa Ana Tepetitlán, que deja 600 hectáreas de bosque en La Primavera fuera de la zona protegida, muestran dos caras de una misma moneda, y que desnudan la falta de protección jurídica de nuestros bosques. El mismo poder Ejecutivo que convocó a la plantación de árboles (loable pero insuficiente esfuerzo) no fue capaz de esgrimir argumentos jurídicos convincentes para defender el área forestal en cuestión.
La enseñanza de la Iglesia católica al respecto, es suficientemente clara, atendiendo al bien común, tan ajeno a la hora de impartir justicia en México, y tan pobremente custodiado por algunas autoridades. En el Compendio de Doctrina Social de la Iglesia, leemos los siguientes párrafos: “La tutela del medio ambiente constituye un desafío para la entera humanidad; se trata del deber, común y universal, de respetar un bien colectivo, destinado a todos, impidiendo que se puedan «utilizar impunemente las diversas categorías de seres, vivos o inanimados -animales, plantas, elementos naturales-, como mejor apetezca, según las propias exigencias» (Juan Pablo II, Carta encíclica Sollicitudo rei socialis –La preocupación por las cosas-, 34) (n. 466).
Y más adelante sentencia: “Los bosques contribuyen a mantener los esenciales equilibrios naturales, indispensables para la vida (Cf. Juan Pablo II, Homilía en la fiesta de San Juan Gualberto, el 12 de julio de 1987). Su destrucción, incluida la causada por los irrazonables incendios dolosos, acelera los procesos de desertificación con peligrosas consecuencias para las reservas de agua, y pone en peligro la vida de muchos pueblos y el bienestar de las futuras generaciones. Todos, personas y sujetos institucionales, deben sentirse comprometidos en la protección del patrimonio forestal y, donde sea necesario, promover programas adecuados de reforestación”. (n. 466)
Si se busca el bien común, el compromiso también debe ser común, pensando en el futuro, también común, de nuestros hijos: “La responsabilidad de salvaguardar el medio ambiente, patrimonio común del género humano, se extiende no sólo a las exigencias del presente, sino también a las del futuro: «Herederos de generaciones pasadas y beneficiándonos del trabajo de nuestros contemporáneos, estamos obligados para con todos y no podemos desinteresarnos de los que vendrán a aumentar todavía más el círculo de la familia humana. La solidaridad universal, que es un hecho y un beneficio para todos, es también un deber» (Paulo VI, Carta Encíclica Populorum Progressio –El progreso de los pueblos-, 17)”. (n. 467).
Las leyes deben ser estrictas en este sentido. Así dice el Compendio: “La responsabilidad respecto al medio ambiente debe encontrar una traducción adecuada en el ámbito jurídico. Es importante que se elaboren reglas uniformes, de manera que esta reglamentación permita a los Estados controlar eficazmente las diversas actividades que determinan efectos negativos sobre el ambiente”. (n. 469)
La llamada de atención la encontramos en el siguiente texto: “Las autoridades llamadas a tomar decisiones para hacer frente a los riesgos contra la salud y el medio ambiente, a menudo se encuentran ante situaciones en las que los datos disponibles son contradictorios o cuantitativamente escasos: puede ser oportuno, entonces, hacer una valoración según el «principio de precaución», que no comporta la aplicación de una regla, sino una orientación para gestionar situaciones de incertidumbre” (n. 469). Por desgracia, en México, no sólo en este ámbito las situaciones son de incertidumbre, cuyo fuego debe ser apagado pronto, y en este caso, por la promoción de leyes contundentes.
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