Las tierras yermas, desgastadas a tantos años de sobreexplotadas, no merman su valor identitario. Foto: Tonatiuh Figueroa
Agustín del Castillo - PÚBLICO
La recomendación 122/95, del 27 de septiembre de 1995, se envió a los gobernadores de Jalisco y Colima y al secretario de la Reforma Agraria, y “se refirió al caso de los pobladores del ejido Ayotitlán, municipio de Cuautitlán, Jalisco, quienes manifestaron que por la indefinición de límites territoriales entre los estados y la inejecución total de una resolución presidencial que les favoreció, enfrentan diversos conflictos agrarios y de seguridad pública”El 28 de agosto de 1963, se emitió una resolución presidencial en la que se dotaba de 50,332-50-00 hectáreas ejidales a la vieja comunidad indígena nahua de Ayotitlán, cuyo proceso de titulación fue revertido con la supuesta desaparición de los títulos virreinales.
Después se supo que dichos documentos habían sido robados por los caciques madereros que saquearon la sierra en esos años.
La resolución dotatoria se ejecutó parcialmente en mayo de 1977, cuando se entregaron sólo 34,700 hectáreas. En septiembre de 1977, la Secretaría de la Reforma Agraria notificó a los ejidatarios de Ayotitlán que dentro del ejido que les fue dotado quedaron inscritos los poblados de El Pedregal y Las Pesadas.
El 12 de marzo de 1992, “esta comisión nacional recibió el escrito del 24 de enero del mismo año, suscrito por los señores Ángel y Guadalupe Niz Elías, Jesús, Cresencio y Ramón Cobián Vargas, y Natividad Cobián Cobián, todos ellos pobladores del Rancho El Pedregal […] los quejosos manifestaron que desde 1903 han habitado el predio y que hasta la fecha no ha sido abandonado por ellos. Que al realizar cualquier actividad para el cultivo de sus tierras se ven entorpecidos por un grupo de personas que se dicen ser integrantes del Ejido Ayotitlán, que consideran al Rancho El Pedregal como afectado por la dotación ejidal de Ayotitlán, a grado tal que han querido echarlos de su propiedad. Esta situación prevalece desde hace varios años al carecer de una solución favorable para ambas partes, por parte de las autoridades competentes. Que no han sido escuchados por las agencias del Ministerio Público a las que han acudido a denunciar los delitos de lesiones con arma blanca y amenazas de muerte, en contra de los vecinos de Ayotitlán; asimismo, señalaron que han sufrido daños diversos en sus propiedades…”.
Los parvifundistas de El Pedregal “consideran que la información que originó el trámite de afectación a su propiedad fue completamente errónea, ya que en los documentos que obran en la delegación de Reforma Agraria consta que los terrenos afectados fueron tomados de terrenos de propietarios desconocidos, que, por lo tanto, jamás fueron comunicados de tal afectación […] no ejercieron su derecho en tiempo, además de que en tales documentos no se menciona lo que ellos estiman de su propiedad; es decir, que se pretende dotar al ejido con la totalidad de su propiedad…”.
En el oficio 3781 del 2 de julio de 1992, suscrito Alejandro Díaz Guzmán, entonces delegado Agrario en Jalisco y dirigido al jefe de la oficina del Registro Público de la Propiedad de Autlán de Navarro, “manifestó que en atención a la solicitud del comisariado ejidal de Ayotitlán, Cuautitlán, Jalisco, se inscribiera la Resolución Presidencial del 28 de agosto de 1963, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de enero de 1964 […] haciendo de su conocimiento que dentro de esta superficie está ubicado el predio El Pedregal, que se encuentra inscrito en la oficina a la que se remite el oficio, a nombre de varias personas, en calidad de propiedad privada”
El 3 de julio de 1992, se buscó un acuerdo en las oficinas de la Delegación Agraria, ante los integrantes del Comité Estatal de Concertación Agraria y siendo testigo de honor el presidente de la república, Carlos Salinas de Gortari, frente a las autoridades ejidales y los campesinos afectados.
En la reunión, “… los presuntos pequeños propietarios manifestaron que el predio El Pedregal, que reclaman como de su propiedad, está incluido totalmente dentro del plano de ejecución del mandamiento presidencial del 28 de agosto de 1963, por lo que sometían a la consideración de los representantes del ejido Ayotitlán la posibilidad de ser incluidos dentro del mismo, entregándoseles en forma parcial la superficie que reclaman…”.
Pero a pesar de que hubiera sido una solución ideal, no sucedió nada más en ese sentido Para la CNDH, resultaba indispensable hacer estudios y levantar planos para delimitar propiedades antes de llegar a un acuerdo. Tampoco se realizaron. Ante la indolencia de las autoridades, los propios vecinos interpusieron sus recursos legales: se espera que el juicio agrario 80/06, ante los tribunales competentes, todas esas lagunas queden colmadas, y se avance en la solución jurídica del conflicto.
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