Propietarios hacen análisis legal sobre reserva de 1949, recategorizada en 2002: resoluciones de Echeverría desvirtuarían la de Alemán, pero la Conanp lo niega
Un grupo de propietarios de predios ubicados en la recategorizada área de protección de recursos naturales del distrito 043, creada en 1949 por el presidente de la república Miguel Alemán Valdés, pretende hacer valer dos posteriores decretos presidenciales de Luis Echeverría Álvarez, que a su juicio, habrían abrogado el decreto del primero, lo cual echaría abajo el área natural protegida, que ocupa cientos de miles de hectáreas de bosques y selvas de Jalisco.
Se trata de los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 19 de mayo de 1971 y 20 de julio de 1976, los cuales, a juicio de los impugnadores, dejan "implícitamente" sin efecto el decreto del 3 de agosto de 1949, el cual, de este modo, habría sido ilegalmente recategorizado el 7 de noviembre de 2002. Ambos textos invocados, levantan vedas forestales en municipios de Jalisco, para estimular la producción silvícola.
Sin embargo, el titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Ernesto Enkerlin Hoeflich, descarta la posibilidad de esa interpretación: "la abrogación o el levantamiento de la veda no significa la abrogación del decreto, por lo que más que debilitarlo lo fortalecería […] por si fuera poco, las abrogaciones de Echeverría son respecto de otros decretos y no el de protección de obras de irrigación, recategorizado en 2002, que está plenamente vigente".
El decreto inicial, de Miguel Alemán Valdés, declara "zonas protectoras forestales y de repoblación las cuencas de alimentación de las obras de irrigación de los distritos nacionales de riego, y, por consiguiente, se establece una veda [forestal] total e indefinida en los montes ubicados dentro de dichas cuencas".
Según el levantamiento realizado por la Conanp y la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, dentro del distrito 043 se incluyen más de 1.5 millones de ha (tres tantos el estado de Colima) correspondientes a cinco entidades, de las cuales, apenas la mitad de las tierras son "rescatables" como área natural. En esa superficie de 711,219 hectáreas se recategorizó en 2002 el régimen a "área de protección de recursos naturales".
Pero, advierte Enkerlin, "lo importante es que el decreto no obstaculiza el desarrollo forestal sostenible y brinda nuevas oportunidades en muchos ámbitos complementarios.". Es decir, no hay motivo real para inconformarse, asegura.
Los decretos de Echeverría. El del 19 de mayo de 1971, faculta a la Secretaría de Agricultura y Ganadería a autorizar aprovechamientos forestales en la zona Huicot (huichol, cora y tepehuana), lo que en Jalisco beneficia a los municipios de Mezquitic, Bolaños, Huejuquilla el Alto y Villa Guerrero (algunos de los cuales forman parte de la reserva ecológica rescatada por la Conanp); y señala que en esa superficie pierde vigencia un decreto de Miguel Alemán, de 1949, solo que de 14 de mayo, es decir, no es el mismo que se pretende combatir ahora.
El decreto del 20 de julio de 1976 extiende el levantamiento de la veda forestal a todo el estado de Jalisco, pero tampoco cancela el decreto de área protegida, sino el de la propia veda de 1949.
Sintetizando: en mayo de 1949 se decretó una veda forestal completa para Jalisco. En agosto, se estableció el área protegida del distrito de riego 043 sobre miles de hectáreas de bosques de Jalisco. En 1971 se levantó la veda forestal a cuatro municipios, y en 1976, a todos. Pero nunca se abrogó el decreto de área protegida. Al menos no han salido evidencias de ello. En 2002, el área protegida fue recategorizada, y en 2007, se nombró un director y presupuesto para echarla a andar en una sola de sus cuatro superficies, ubicada entre Jalisco y Nayarit, correspondiente a la cuenca del río Ameca. Hasta allí va la historia.
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