martes, 14 de octubre de 2008

Zapopan se dejó ganar juicio que afecta a Los Colomos

Vanesa Robles - PÚBLICO El Ayuntamiento de Zapopan “se dejó ganar” un juicio y ahora deberá entregar a una particular la licencia para la construcción de edificios en el área de los Colomos III, pues los abogados municipales no hicieron nada para impugnar una sentencia a favor de quien se ostenta como propietaria del terreno, consta en los boletines de la Primera Sala Unitaria del Tribunal Administrativo del Estado (TAE). Por omisión, ahora las autoridades del Partido Acción Nacional (PAN) están obligadas a reiterar un permiso de construcción que estaba por entregar la Administración pasada, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), en un terreno que se ubica a un costado de la Plaza Acueducto. La edificación afectaría 600 metros cuadrados del bosque Los Colomos. El terreno, que aún se encuentra en litigio pues el gobierno del estado reclama una parte, mide unos ocho mil metros cuadrados y se ubica en avenida Acueducto 5869, entre Patria y el Periférico, a unos 640 metros al sur de esta última arteria vial. La falta de acciones legales y sus consecuencias han sido maquilladas por las autoridades de Zapopan. El 28 de agosto de 2008, el síndico, Ricardo Alberto Anguiano Apodaca ofreció una rueda de prensa, en la que lamentó que por defender el patrimonio de todos los jaliscienses, al director de Obras Públicas, Gabriel Hernández Romo, le fue mal: una juez ordenó la destitución del servidor público, un arraigo en la ciudad y una fianza precautoria, de supuestamente 50 millones pesos mensuales, por tiempo indefinido. La respuesta fue inmediata. Varios funcionarios de Zapopan y grupos ciudadanos de defensa de Los Colomos cerraron filas con el director de Obras Públicas, supuestamente amenazado con perder su trabajo, su libertad y hasta su patrimonio. En realidad, las autoridades zapopanas sólo dieron a conocer la segunda mitad de la historia. Nueve meses antes, el equipo jurídico del Ayuntamiento de Zapopan olvidó una enseñanza de primer semestre y no movió un dedo para proteger al bosque. El 30 de noviembre de 2007, tras una demanda contra el Ayuntamiento de Zapopan, la Primera Sala del TAE dictó una sentencia a favor de Amparo Meneses viuda de Orozco quien se había inconformado por la cancelación de una licencia de construcción que el ayuntamiento estaba por otorgarle a finales de 2006, en la zona de Colomos III. La resolución oficial reiteró la anuencia para que la mujer convierta su granja en edificios, en una de las zonas de mayor plusvalía de la urbe y sobre 600 metros cuadrados de un terreno que el gobierno del estado reclama como parte del polígono de Colomos que habría adquirido desde finales del siglo XIX. A partir del 30 de noviembre, la pérdida del juicio y del bosque se construyó con hubieras: si hubieran seguido de cerca el caso, los abogados del ayuntamiento hubieran visitado los boletines judiciales que el TAE publica en Internet y hubieran podido armar una defensa legal adecuada, incluso antes de que el tribunal acudiera a sus oficinas a notificarles que iban perdiendo, la cosa sería diferente. Pero no. Tuvieron una segunda oportunidad: el 11 de enero de 2008 fueron notificados en su oficina de la sentencia a favor de la viuda. Los abogados hubieran podido impugnar la decisión de la Primera Sala Unitaria durante los siguientes diez días hábiles. Pero no. En un caso que avanzó sin una sola objeción, el 24 de enero de 2008, el TAE dictó una sentencia firme: a diferencia de la primera, nadie la puede revocar. Un especialista en Derecho consultado por Público dijo que incluso así, cualquier abogado sabe que había una última oportunidad, aunque sea “tramposa”: el equipo jurídico de Zapopan hubiera podido acudir de inmediato al TAE y argumentar que no entendió la redacción de la sentencia firme —así lo ha hecho con la resolución del tribunal que supuestamente ordena que se baje el sueldo a 80 funcionarios municipales de primer nivel—. Pero no. El hubiera no existe ni en Zapopan ni el resto del planeta Tierra. Personal del Tribunal Administrativo del Estado indicó que el Ayuntamiento de Zapopan es famoso en la oficina porque “se deja” ganar algunos juicios, gracias a las omisiones de su equipo jurídico. En cambio, el alcalde de Zapopan ha criticado varias veces el papel del TAE, al que ha llamado corrupto. “Los funcionarios del ayuntamiento y del gobierno de Jalisco no interpusieron en el plazo legal ningún recurso en contra de la sentencia ni promovieron en el plazo legal el incidente conocido como ‘de imposibilidad jurídica o material para el cumplimiento de la sentencia’”, confirmó Rafael Kuri Juaristi, abogado de Amparo Meneses. Contra lo expuesto por las autoridades de Zapopan en la conferencia de prensa del 28 de agosto pasado, el representante legal añade que “absolutamente no es verdad que se hayan demandado 50 millones de pesos mensuales al director de Obras Públicas de Zapopan. De hecho, las prestaciones de la demanda no refieren ningún monto en concepto de daños y perjuicios […] ¿Cómo se llegó a esa irrazonable cifra? Estimo que probablemente el ayuntamiento, en una estrategia de victimización ante los medios de comunicación lo informó así”, para evitar el cumplimiento de la sentencia del TAE. A través de una solicitud en la oficina de Comunicación Social de Zapopan, se le pidió su opinión sobre el asunto al síndico o al director de Obras Públicas zapopanos, desde la mañana del pasado 3 de octubre y se insistió todos los días hábiles que hubo entre esa fecha y hoy, pero no. Nadie pudo responder por qué el ayuntamiento perdió tan fácil un juicio.

Los industriales deberán pagar más por sus descargas en ríos jaliscienses

Enrique Méndez - LA JORNADA JALISCO

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados disminuirá el rango de descargas de aguas residuales que las industrias de la Zona Metropolitana podrán realizar a los ríos Santiago, San Pedro y Zula y, al mismo tiempo, incrementará la cuota por su uso, para contar con recursos que permitan a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) realizar el saneamiento de esos afluentes.

Estas medidas, indica el dictamen aprobado ayer por los legisladores y que será votado esta semana en el pleno, se deben a la preocupación social en Guadalajara por la contaminación de esos ríos, principalmente por las descargas en Arcediano, “derivada de la derrama indiscriminada de materia orgánica, nutrientes, sustancias tóxicas y bacterias coniformes, por las descargas de aguas residuales municipales y no municipales, y por la baja capacidad de asimilación y dilución” de los residuos.

La comisión consideró que particularmente en esos tres ríos “la situación se agrava notablemente y se han formulado manifestaciones por parte de diversos sectores de la sociedad, a efecto de que se atienda la problemática señalada”.

El aumento en el cobro de las cuotas a las empresas se incluyó en un artículo sexto transitorio de la Ley Federal de Derechos, para que esos ríos, que actualmente se consideran “cuerpos receptores tipo B”, pasen a la siguiente categoría y obligar a una reducción en los contenidos de residuos y sustancias tóxicas.

Dicho artículo señala que a partir del 1 de enero de 2009, para efectos del cobro de derechos establecido en el artículo 278-A de la Ley Federal de Derechos, considerar como “cuerpos receptores tipo C” al río San Pedro o Verde y sus afluentes directos e indirectos hasta Arcediano, en los municipios de Teocaltiche, Jalostotilán, Mexticacán, Cañadas de Obregón, San Juan de los Lagos, San Miguel El Alto, Valle de Guadalupe, Yahualica de González Gallo, Cuquío, Tepatitlán de Morelos, Acatic, Zapotlanejo e Ixtlahuacán del Río.

Al río Santiago y sus afluentes directos e indirectos hasta Arcediano, en los municipios de Ocotlán, Poncitlán, Zapotlán del Rey, Chapala, Guadalajara, Ixtlahuacán de los Membrillos, Ixtlahuacán del Río, Juanacatlán, El Salto, Tlajomulco de Zúñiga, Tlaquepaque, Tonalá, Zapopan y Zapotlanejo.

Y al río Zula o Los Sabinos y sus afluentes directos e indirectos en los municipios de Arandas, Atotonilco El Alto, Tototlán y Ocotlán.

La comisión señala en el documento que la clasificación tipo C “posee los parámetros más estrictos en lo referente a los límites permisibles de contaminantes, con lo cual se estima que la calidad bacteriológica de los ríos se reducirá significativamente y, por ende, el riesgo de enfermedades disminuirá”.

También considera que bajará de manera importante “el riesgo de formación de subproductos de infección al disminuir la concentración de la materia orgánica del agua, al imponerse niveles más estrictos de control sobre las fuentes de contaminación”.

Actualmente, los ríos Santiago, San Pedro y Zula pueden recibir descargas de hasta un promedio mensual de 75 miligramos de sólidos suspendidos totales por litro, pero al aprobarse el cambio y que la adición a la Ley Federal de Derechos entre en vigor, en enero, sólo será de 40 miligramos por litro, de acuerdo con las tablas en vigor contenidas en el artículo 278-B.

En el caso de la demanda química de oxígeno, actualmente es de 200 miligramos por litro, promedio mensual, y al pasar a la siguiente clasificación será de sólo 100 miligramos por litro.

La tasa para el cobro de los derechos por sólidos suspendidos es de 0.5669 pesos por kilogramo de contaminante al trimestre, y ahora será de 0.5968 pesos por kilogramo; en el caso de la demanda química de oxígeno, la cuota es de 0.3302 pesos por kilogramo, y pasará a 0.3475, como se indica en las tablas del artículo 278-C.

El primer párrafo de dicho artículo señala que para calcular el monto del derecho a pagar por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales, se considerará trimestralmente el volumen de las aguas residuales.

Así, las concentraciones que rebasen los límites máximos permisibles establecidos se cobrarán en el caso de estos tres ríos a partir de lo establecido en el inciso III, donde se define que se multiplicarán los kilogramos de contaminante por bimestre, por la cuota en pesos por kilogramo.

El artículo 279 de la ley vigente establece que los ingresos obtenidos por estos derechos se destinarán a la Conagua para la realización de obras de saneamiento y dotación de infraestructura para el tratamiento de aguas residuales.