jueves, 17 de abril de 2008

Avanza ley antitabaco


Aprueba iniciativa la Comisión de Higiene y Salud. Antes de pasar al Pleno también debe tener el aval de Puntos Constitucionales

Alejandra Atilano - MURAL

La iniciativa de Ley para la Protección de la Salud de los No fumadores en Jalisco pasó ya el primer filtro.

Los integrantes de la Comisión de Higiene y Salud Pública del Congreso aprobaron ayer la iniciativa.

Juan Carlos Márquez Rosas, encargado de dictaminar la iniciativa, aseguró que en la propuesta se tomaron en cuenta todas las opiniones de los diferentes sectores de la sociedad, incluyendo al sector restaurantero.

También consideraron los modelos que ya se han implementado en otros estados y en el DF, para analizar el comportamiento de los fumadores y buscar la manera de proteger a quienes no consumen tabaco.

La iniciativa también engloba las propuestas que presentaron otros diputados, como Gloria Rojas Maldonado y Norma Angélica Aguirre Varela y Jorge Villanueva Hernández.

Si esta ley se aprueba en el Pleno como está planteada, los fumadores no podrán prender cigarros en ningún edificio público, así como en órganos autónomos y organismos del sector paraestatal.

Tampoco en bibliotecas y hemerotecas públicas, cines, teatros, museos, tiendas de autoservicio, centros comerciales y en lugares donde se tenga acceso el público en general, a menos que haya áreas específicas para los fumadores.

Tampoco podrán prender un cigarro en os vehículos de transporte públicos y escolares, elevadores públicos y privados.

Los establecimientos que tengan un espacio mayor a 100 metros cuadrados deberán acondicionar una sección especial para los fumadores. Los establecimientos comerciales deberán contar con mecanismos de ventilación adecuados.

Las áreas de fumar y no fumar deberán disponer de comodidades similares, colocar letreros y logotipos para ser identificadas con facilidad.

Si el lugar es más chico, no se permitirá el consumo de cigarro.

Las secretarías de Salud, Vialidad y Transporte y el Organismo Coordinador de la Operación Integral del Servicio de Transporte Público (OCOIT), entre otros, serán los encargados de vigilar que se cumpla la ley.

La iniciativa deber ser aprobada también por la Comisión de Puntos Constitucionales, para que luego sea votada en el Pleno.




Las sanciones

Las personas que violen esta reglamentación serán sancionadas con:

10 a 20 salarios mínimos de multa para quien fume en áreas cerradas.


30 a 50 salarios mínimos de multa a los empleados o conductores que permitan fumar en los automotores.


30 a 100 salarios mínimos de multa para las personas que consuman tabaco en establecimientos y secciones restringidas.


Un día de salario mínimo si el infractor fuera de oficio jornalero, obrero o trabajador.

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