miércoles, 9 de julio de 2008

La Semarnat impedirá fraccionar La Primavera


Agustín del Castillo - PÚBLICO

Perder un amparo no significa perder la protección del bosque, advirtió ayer el delegado estatal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), José de Jesús Álvarez Carrillo. Y se comprometió a hacer lo que le toca para sostener la reserva en La Primavera: “Más allá de lo que salga del análisis jurídico que debe hacer la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas [Conanp], nosotros ya podemos adelantar que no estamos dispuestos a conceder un cambio de uso de suelo para que construyan en el bosque, pero evidentemente que también vamos a buscar que se dé todo el respaldo jurídico para solucionar el caso”.

Dijo que si todas las instituciones trabajan en busca del mismo fin, no hay manera de que los fraccionadores puedan salirse con su intención de abrir desarrollos en las 552 hectáreas que fueron “liberadas”, según los datos de las poligonales que tiene la dirección ejecutiva de La Primavera y que ayer proporcionó a este diario (ver nota anexa).

Por ejemplo, será de gran utilidad que el Ayuntamiento de Zapopan asegure por medio de su planeación que esas 552 hectáreas sean consideradas de protección. Y si eso deriva de una declaratoria municipal de área natural protegida, tanto mejor. Lo cierto es que el nivel municipal puede y debe controlar los asentamientos humanos en esa franja, pues en zonas urbanas los ayuntamientos son los reguladores de los usos de suelo, según el artículo 115 constitucional.

Álvarez Carrillo admitió que la resolución de la revisión 465/2007 del juicio de amparo 413/2001, emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito el pasado 27 de junio, no ha sido aún notificada a las partes: “Nos enteramos por Público hoy [ayer]”.

No obstante, hay comunicación para alcanzar acuerdos sobre cómo manejar la crisis, pues están conscientes de que el destino final de esta parte de La Primavera podrá incidir no solamente en el resto de las 30,500 ha que dotó el presidente de la república, José López Portillo, a partir de la publicación del Diario Oficial de la Federación, el 6 de marzo de 1980, sino en otras reservas del país, todas establecidas sobre la base jurídica de regular usos de recursos y territorio, pero sin afectar el régimen de propiedad.

La sentencia del juzgado tercero de distrito equiparó el efecto de un decreto de área natural protegida al de una expropiación y, al no haber sido consultado el dueño —el ejido de Santa Ana Tepetitlán—, se habrían violado sus garantías de audiencia y de juicio justo que consagra el artículo 14 de la Constitución.

Ese razonamiento fue apoyado por los magistrados, que ratificaron el sentido de la sentencia, pese a los reclamos de la presidencia de la república y de un grupo disidente de campesinos del ejido, encabezado por Tranquilino Flores Aguilar; no escucharon, de la primera quejosa, que era inadmisible equiparar protección a expropiación; del segundo, que la protección beneficia a los campesinos, que su comisariado es espurio y trae detrás un negocio inmobiliario millonario.

Luego, ésa es la idea que hay que combatir: que una declaratoria de reserva ecológica sea igual a una expropiación, y que proteger para la comunidad los recursos naturales sea un fin inferior o subordinado a aprovecharlos de forma particular.

La superficie protegida del país asciende a casi 25 millones de hectáreas, 12.5 por ciento de la extensión total. 95 por ciento de los terrenos de los ecosistemas protegidos no son propiedad pública, sino privada, comunal o ejidal, lo cual pone en relieve el riesgo jurídico que ocasiona este amparo.

Por su parte, el director de La Primavera —reserva mundial de la biosfera desde noviembre de 2006—, José Luis Gámez Valdivia, se dijo preocupado por la posibilidad de que el anunciado “efecto dominó” ocasione un colapso en la vigencia del decreto de protección de 1980.

Indicó que ha solicitado información para poder conocer de otros juicios de amparo que estarían promovidos por propietarios o ejidatarios con terrenos en la zona de protección de flora y fauna. Criticó la falta de seguimiento que hubo en la dirección en los años previos, pues el amparo en cuestión fue dado a conocer a la opinión pública en la edición de este diario del 7 de junio de 2007.

Añadió que toda posible urbanización en la zona boscosa de Santa Ana Tepetitlán será combatida.

“Haremos lo posible para evitar que se ejecute como viene la resolución. Falta la respuesta del jurídico de la Semarnat y de la Conanp en México, tuvimos contacto con ellos, Alberto Elton [coordinador de la región occidente de la Conanp] nos dijo que no tienen aún ninguna notificación oficial”, refirió Gámez Valdivia.

Que los ejidatarios tengan un amparo no lleva a que puedan poner sus tierras al mejor postor, “pues el hecho de estar en un ecosistema frágil obliga a cualquier tipo de actividad que se pretenda desarrollar, a someterla a dictaminación de impacto ambiental; no es tan sencillo”, puntualizó

- A viva Voz

“No estamos dispuestos a conceder un cambio de uso de suelo para que construyan en el bosque”

• José de Jesús Álvarez,
delegado de la Semarna

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